COMUNICADO

El Ministerio de Ambiente comunica a la ciudadanía que la Resolución DM N.° 0288-2026, de 15 de junio de 2026 (publicada en la Gaceta Oficial Digital N.° 30547-B de 16 de junio de 2026, con Fe de Errata publicada en la Gaceta Oficial Digital N.° 30549-A de 18 de junio de 2026), mediante la cual se establece la jornada laboral y de descanso para el personal de Guardaparques del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP), está sustentada en la necesidad de reconocer el servicio que presta este personal como un servicio público esencial y de primera necesidad a nivel nacional, indispensable para la protección ambiental.
La resolución establece además que el servicio prestado por los guardaparques tiene carácter esencial e ininterrumpido. En ese sentido, dispone que queda prohibido el abandono injustificado del turno asignado, en resguardo de la continuidad del servicio, sin que ello afecte los derechos laborales y de carrera administrativa que corresponden al servidor público conforme a la ley.
Durante años los guardaparques no contaban con un tiempo de trabajo debidamente establecido, pese a cumplir funciones fundamentales de vigilancia, monitoreo y atención de emergencias en las áreas protegidas del país. Con esta decisión se pone en orden la jornada laboral de este personal: cinco días de trabajo por dos días de descanso para quienes prestan servicio en zonas de conservación cercanas a sectores urbanos, y veinte días de trabajo continuo por diez días de descanso para el personal que labora en el resto de las áreas protegidas del país, según lo determinen el Coordinador del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP) y la Oficina Institucional de Recursos Humanos del Ministerio de Ambiente.
Esta medida encuentra su fundamento legal en la Constitución Política de Panamá, el Texto Único de la Ley 41 de 1 de julio de 1998 (General de Ambiente), la Ley 8 de 25 de marzo de 2015 (que crea el Ministerio de Ambiente), la Ley 9 de 20 de junio de 1994 (que regula la Carrera Administrativa), y la Ley 287 de 24 de febrero de 2022 (que reconoce los derechos de la Naturaleza y las obligaciones del Estado relacionadas con estos derechos).
La actual Administración ha puesto en marcha un esquema laboral claro y estable para el personal de guardaparques, a fin de garantizar el cuidado de los espacios naturales protegidos —muchos de ellos en áreas remotas y de difícil acceso que requieren las jornadas de trabajo establecidas— y la seguridad de los ciudadanos que los visitan.
Ciudad de Panamá, 29 de julio, 2026.

