Anuncian puntos autorizados viables para la extracción de agua cruda para fines recreativos (culecos) en Panamá Oeste

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El Ministerio de Ambiente aprobó la Resolución DM 0005-2024 de 15 de enero de 2024, que establece medidas para el uso de agua cruda, uso recreativo, durante la festividad de Carnaval y los puntos autorizados viables para la extracción de agua cruda, basado en el análisis técnico fundado en el monitoreo durante la estación seca.

 

Las solicitudes de permisos temporales de agua para uso recreativo deberán ser presentadas en las Direcciones Regionales de MIAMBIENTE a nivel nacional, a más tardar cuatro (4) días hábiles antes del día de extracción del recurso.

 

Por lo tanto, todo usuario que pretenda realizar culecos para el carnaval 2024, deberá tramitar los permisos antes de la fecha contemplada, estos serán otorgados por unidad de cisterna, cumpliendo con la siguiente documentación:

 

  • Formulario de solicitud de permiso temporal para uso de agua debidamente completada.
  • Copia del registro único vehicular del transporte de la cisterna.
  • Para Persona Natural: Copia de la cédula de identidad personal del solicitante o pasaporte si es extranjero.
  • Para Persona Jurídica: Certificado de Registro Público de la sociedad y copia de cédula o pasaporte del Representante Legal.
  • Recibo de Pago de B/.60.00 por inspección de campo por cada carro cisterna (Según lo establecido en la Resolución AG-0163-2006).
  • Certificado de Paz y Salvo de MiAMBIENTE (B/.3.00).
  • Canon de agua respectivo de acuerdo a la Resolución CNA-002-2009 del 22 de abril de 2009 (uso recreativo B/.0.00330 por m³).

 

Miguel Ríos, jefe de la Sección de Seguridad Hídrica de Panamá, indicó que el conductor de la cisterna debe mantener en todo momento, copia de la resolución de permiso temporal de uso de agua durante los días de culeco y presentar la documentación al momento que sea solicitada por el personal del Ministerio de Ambiente (MiAMBIENTE) o el Ministerio de Salud (MINSA). De no contar con el permiso correspondiente, se procederá a darle una boleta de citación y descargar el agua de la cisterna en puntos o sitios de depósito definidos por la Dirección Regional de MIAMBIENTE, en conjunto con las autoridades locales que correspondan.

 

 

En cuanto a los horarios de extracción de agua cruda en los puntos establecidos por MiAMBIENTE en el artículo 3 de la presente resolución, para los días de Carnaval y carnavalitos, serán dispuestos por la Alcaldía (Junta de Carnaval) que corresponda.

 

Los puntos autorizados por MiAMBIENTE en la provincia de Panamá Oeste son: Quebrada El Hatillo, Río Sajalices, Quebrada Corozales, Río Chame, Río María y río Mata Ahogado, ubicados en la cuenca 138 (ríos entre el Antón y el Caimito).

 

Estas fuentes de extracción están ubicadas en ríos con suficiente caudal, aguas debajo de las tomas de agua de las potabilizadoras y sin afectar los usos prioritarios y serán verificados previamente por el Ministerio de Salud.

 

De igual forma, se prohíbe el uso de agua cruda para uso recreativo (culecos u otros similares) de las fuentes subterráneas (pozos y acuíferos), en actividades de carnaval y carnavalitos 2024.

 

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