REGLAS DE PROCEDIMIENTOS
MINISTERIO DE AMBIENTE, SEGUIMIENTO DE DOCUMENTOS Y REGLAS DE PROCEDIMIENTOS, SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN
- Recibida la solicitud en Secretaria General del MiAMBIENTE se asigna un número de expediente para su ubicación y control durante el trámite interno.
- Dependiendo de la solicitud, se envía al Despacho Superior para su conocimiento, observaciones e inmediato trámite. Oh se canaliza directamente a la normativa correspondiente para su respectiva respuesta.
- La normativa correspondiente investiga y da seguimiento a la solicitud del peticionario con base a los parámetros de la Ley 6 de 2002 y la Ley 33 de 2013.
- Dicha respuesta es entregada directamente al peticionario a través del Departamento de Correspondencia del Ministerio para que la entregue directamente al usuario solicitante (gobierno, ONG, empresa privada) oh, se le comunica directamente al peticionario que pase a la normativa correspondiente a retirar la respuesta a la solicitud de información.
A esta gestión se le puede dar seguimiento, a través de las líneas telefónicas 500‐0855 /500‐0070/500‐0072 solicitando el número de Secretaria General o de la normativa correspondiente, dependiendo del caso.